Seguro de dependencia Aegon.
En este artículo os vamos a informar de una modalidad de seguro que nos parece muy interesante, se trata del seguro de dependencia que entendemos va a adquirir mucha relevancia en el mercado español dada la realidad socio-económica de nuestro país. En primer lugar ¿Qué es la dependencia? Según la Ley 39/2006 es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas, que por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. Se establecen tres grados de dependencia, moderada, severa y gran dependencia, en función de la necesidad de asistencia.
¿Por qué contratar un seguro de dependencia?
- Porque cualquiera puede sufrir una situación de dependencia, bien por enfermedad o accidente, bien por envejecimiento.
- El alcance práctico de la Ley apunta a que puedan existir desviaciones entre sus expectativas y las prestaciones reales.
- España se encuentra entre los países con mayor esperanza de vida, el 80% de las personas dependientes no reciben más ayuda que la de sus allegados.
- Las pensiones de jubilación son insuficientes para afrontar situaciones de dependencia.
- Calcular cuánto nos costaría una situación de dependencia, considerar nuestros ingresos y si nuestro entorno próximo podría asumir esta situación tanto en dedicación como en coste.
- Porque la prestación de la Ley es compleja y con participación en el coste (copago)
Características del seguro de dependencia
Cobertura principal.- En caso de GRAN DEPENDENCIA O DEPENDENCIA SEVERA, se garantiza una renta vitalicia a elegir por cada persona desde 500 a 2.500€ en tramos de 500€ (en caso de dependencia severa la renta será del 50%).
Cobertura opcional.- Se puede contratar un capital para cubrir los primeros gastos de importe igual a tres mensualidades.
La prestación es económica y no de servicio, de esta manera permite disponer de los recursos suficientes para atender al copago establecido en Ley, además nos facilita libertad para elegir profesionales, residencias u optar por permanecer en domicilio contratando el servicio y dispondremos de mayor flexibilidad para adaptarse a la evolución de las coberturas públicas.
Periodos de carencia.- el seguro tiene los siguientes periodos de carencia:
- Dependencia por accidente.- sin periodo de carencia.
- Dependencia funcional no accidental.- 1 año.
- Dependencia psíquica.- 3 años.
Edad de contratación.- desde los 18 a 69 años.
EJEMPLOS DE PRIMA:
EDAD |
IMPORTE RENTA |
CAPITAL ADICIONAL |
PRIMA TOTAL ANUAL |
30 |
2.000€ |
6.000€ |
52,55€ |
36 |
2.000€ |
6.000€ |
65,74€ |
40 |
1.500€ |
4.500€ |
74,02€ |
42 |
1.000€ |
3.000€ |
64,72€ |
50 |
1.500€ |
4.500€ |
210,52€ |
55 |
2.000€ |
6.000€ |
466,54€ |
Si tenéis cualquier duda o si deseáis información completa sobre el seguro de dependencia, no dudéis en contactar con nosotros a través de info@cmsseguros.es o el teléfono 902090057. En CMS SEGUROS estaremos encantados de asesoraros convenientemente antes de la contratación de vuestros seguros.
Etiquetas:seguro dependencia
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